Por María Mercedes Martínez e Isabelle Granger
El 24 de Abril de 2012, el Presidente Juan Manuel Santos de Colombia firmó la Ley 1523, que establece el “Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ” y adoptó una nueva política nacional sobre gestión de riesgo de desastre. La nueva ley y política generaron ciertos avances hacia la promoción de un enfoque holístico de la gestión de desastre en Colombia.
A diferencia de la legislación anterior, la ley y la política recientemente aprobadas no sólo se enfocan en el mejoramiento de los mecanismos de respuesta a desastres, sino también en la preparación para desastres y el conocimiento de los riesgos. De tal forma que la nueva Ley crea un régimen que redefine los roles y responsabilidades de las entidades del gobierno a cargo de la gestión de desastres, así como también de aquellas sociedades civiles y entidades privadas actuantes. “Estamos muy complacidos de ver consagrado el rol esencial de la Cruz Roja Colombiana en esta nueva ley,” destacó el Señor Walter Ricardo Cotte Witingan, Director Ejecutivo de la Sociedad de la Cruz Roja Colombiana, “Como participante del Consejo Nacional para la Gestión de Riesgo, creado por la ley, esperamos aplicar nuestra experticia en la elaboración de políticas de gestión de desastre, el plan nacional de gestión de riesgo y las eventuales respuestas de emergencia.”
La nueva Ley también enfatiza la importancia de la generación de capacidad y reducción de riesgo, y requiere total coordinación y participación a nivel departamental, distrital y municipal en tales tareas. “La Ley reconoce que se debe involucrar a las comunidades locales cuando las autoridades desarrollen planes de reducción de riesgo de desastre o mecanismos de respuesta,” observó Isabelle Granger, Coordinadora del Programa de Leyes de Desastre para las Américas. “Es importante destacar que también pone a disposición recursos para la gestión de desastres y crea nuevos fondos territoriales, administrados por alcaldes y gobernadores, con el fin de promover y expandir la respuesta a los desastres a nivel local.”
Finalmente, la nueva ley contempla un régimen especial que operará en caso de un desastre o calamidad pública. Durante ese período, se aplicarán medidas especiales con relación a los procedimientos de contratación, controles de impuesto sobre recursos, reubicación o asentamientos y créditos para individuos afectados, entre otros, con el fin de asistir a las áreas afectadas en la recuperación posterior a un desastre o calamidad pública.
Con respecto a la asistencia internacional para desastres en Colombia, la Ley requiere que el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad de Gestión de Riesgo de Desastre, creada bajo la Ley, desarrollen un plan estratégico para la coordinación de la asistencia internacional en un período de 180 días luego de aprobada la Ley. La Sociedad de la Cruz Roja Colombiana está ofreciendo apoyo al Gobierno de Colombia para desarrollar este nuevo plan estratégico.