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| Política
de rehabilitación posterior a la situación de
emergencia |
Introducción |
| Una
vez atendidas las necesidades urgentes provocadas por un desastre
y superada la fase inicial de la crisis, las personas afectadas
y las comunidades que las apoyan continúan en una situación
de extrema vulnerabilidad. El país y la propia Sociedad
Nacional, desde el plano local al nacional, pueden encontrarse
debilitadas por el desastre. En ese contexto es donde deben
situarse los programas de rehabilitación posteriores
a la situación de emergencia. |
| Ámbito
de aplicación |
| La
presente política abarca todas las actividades de asistencia
de la Sociedad Nacional y de la Federación encaminadas
a ayudar a las comunidades víctimas de desastres en la
fase de intervención posterior al desastre (como se estipula
en la Política de Intervención en Situaciones
de Emergencia) y cuyo objeto es reducir la vulnerabilidad frente
a desastres futuros o remediar las causas de la vulnerabilidad.
También se aplica a las iniciativas adoptadas específicamente
para restablecer y fortalecer la capacidad de la Sociedad Nacional
afectada por el desastre. La política reconoce la responsabilidad
principal del Gobierno, a nivel nacional y local, para dirigir
y financiar la rehabilitación posterior al desastre y
la función auxiliar de las Sociedades Nacionales en apoyo
a esa labor. Esta política se aplica a las actividades
llevadas a cabo en todos los niveles de la Federación:
local (secciones), nacional e internacional. |
| Declaración |
| La
Federación Internacional y cada Sociedad Nacional deben:
- Emprender actividades de rehabilitación,
contando con la participación activa de la comunidad
en su planificación y puesta en marcha y basándose
en evaluaciones oportunas y pormenorizadas de las necesidades
y de la capacidad de intervención disponible,
y asegurarse de que, en caso de que se proporcione asistencia,
ésta se destine a los grupos más necesitados
y vulnerables y complemente, en lugar de sustituir, las
responsabilidades y actividades de los servicios públicos.
- Entablar un diálogo
activo con las autoridades locales sobre las prioridades
y la finalidad de los programas de rehabilitación
con miras a que las autoridades locales sean conscientes
de la función potencial de la Sociedad Nacional
en la rehabilitación, así como de las preocupaciones
y prioridades de la Sociedad con respecto a los programas
de rehabilitación.
- Asignar un orden de prioridades
a los servicios comunitarios. La Sociedad Nacional
y la Federación asignarán un orden de prioridades
que permita rehabilitar los sistemas más esenciales
para la preservación de la vida, de forma tal que
se aprovechen el carácter voluntario de la Sociedad
Nacional, sus programas y aptitudes, así como los
conocimientos de que dispone en el plano local y a través
de la Federación. Se debería dedicar una
atención particular a la rehabilitación
de los sistemas de apoyo a los centros de atención
de salud y de las infraestructuras de salud pública,
a los servicios de búsqueda, a la rehabilitación
de los sistemas para garantizar la seguridad alimentaria
y el acceso al agua potable, y a la rehabilitación
de las viviendas.
- Mejorar el fortalecimiento
de la capacidad. La Sociedad Nacional y la Federación
Internacional deberán utilizar los programas de
rehabilitación como una oportunidad para desarrollar
en mayor grado sus propias aptitudes y capacidades a fin
de estar en mejores condiciones para hacer frente a los
desastres en el futuro.
- Tomar en consideración
las diferencias entre hombres y mujeres y el medio ambiente.
Todas las iniciativas de rehabilitación de la Sociedad
Nacional y de la Federación han de realizarse tomando
en consideración las diferencias entre hombres
y mujeres y con el debido respeto por la protección
del medio ambiente. Los programas de rehabilitación
ofrecen una oportunidad para reparar daños causados
inevitablemente al medio ambiente durante las operaciones
de socorro, y para desarrollar aptitudes en las comunidades
a fin de que adquieran una mayor capacidad de recuperación
ante los desastres, a través de medidas tendentes
a mitigar los efectos de los mismos.
- Coordinar con eficacia las
actividades de rehabilitación. La Sociedad
Nacional operante es la que, en último término,
tiene la responsabilidad y las facultades para dirigir
todas las actividades de rehabilitación realizadas
en nombre de la Federación en su país. Incumbe
a todos los componentes de la Federación -la Sociedad
operante, las Sociedades participantes y la Secretaría-
garantizar que la planificación, la movilización
de recursos, la ejecución y la presentación
de informes estén debidamente coordinadas.
- Coordinar las actividades
con las autoridades nacionales y locales y los demás
organismos. Las actividades de rehabilitación
que lleve a cabo la Federación son un complemento
de las actividades organizadas por las autoridades nacionales
y locales. En la planificación y ejecución
de las actividades de la Federación deben tenerse
en cuenta las políticas, las normas y las iniciativas
de las autoridades locales competentes, así como
las actividades de rehabilitación que estén
planificando y aplicando otros organismos.
- Promover la sensibilización
sobre la necesidad de mitigar los efectos de los desastres.
Basándose en su labor operativa, la Sociedad Nacional
y la Federación, cuando sea oportuno, intercambiarán
con las autoridades nacionales y locales, así como
con otros organismos y organizaciones internacionales,
información y opiniones sobre las estrategias y
actividades apropiadas para hacer frente a la vulnerabilidad
a los desastres.
- Preparar una estrategia de
salida. La Sociedad Nacional y la Federación
deben mantener su participación en los programas
de rehabilitación mientras sea necesario, a fin
de salvaguardar la vida y los medios de subsistencia de
las personas a las que asisten. La rehabilitación
se programará de tal manera que los servicios y
actividades cuya responsabilidad principal incumbe al
Gobierno o a otras autoridades puedan transferirse a éstos
o adaptarse de modo que puedan integrarse en la programación
a largo plazo de la Sociedad Nacional.
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| Responsabilidades |
| Las
Sociedades Nacionales y la Federación tienen la responsabilidad
de garantizar que todas las operaciones de rehabilitación
posterior al desastre se lleven a cabo de conformidad con esta
política, que las medidas adoptadas en virtud de la misma
se coordinen con las actividades de rehabilitación que
realicen las autoridades nacionales y locales y otros organismos
competentes, y que dichas autoridades y organismos reciban la
debida información sobre la presente política.
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Referencias:
La presente política, que fue aprobada por la Asamblea
General de la Federación Internacional de Sociedades
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en su duodécimo
período de sesiones, el 26 de octubre de 1999, sustituye
a todas las políticas de rehabilitación posterior
a desastres establecidas anteriormente.
Otros textos de referencia son:
- La Política de Intervención
en Situaciones de Emergencia
- Los Principios y Normas para el
Socorro en Casos de Desastre
- El Acuerdo de Sevilla
- El Código de Conducta
- La Política de Desarrollo
- La Política de Cooperación
para el Desarrollo
- La Política de Género
Decision 40 - Duodécimo periodo
de sesiones de la Asamblea General de 1999 |
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